jueves, 14 de octubre de 2010

Remuneración acordada por los derechos de autor

Cádiz a 14 de octubre de 2010

Por otro lado y además: la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, establece en su articulado; Artículo 24. Obligaciones del beneficiario. Además de las obligaciones generales establecidas en el artículo 17.1, el beneficiario de estas ayudas tiene las siguientes obligaciones:

b. Entregar al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales una copia del contrato de cesión de derechos sobre el guión objeto de la ayuda, en el que conste la remuneración acordada a favor del autor, dentro de los tres meses desde su celebración.

Este punto concreto de la ley no resulta suficientemente aclarado, es decir, no se sabe si la remuneración acordada a favor del autor es, en sí misma, la ayuda concedida o se refiere a algo independiente y separado.

Da la sensación de que a la vista del comportamiento de los integrantes de nuestro gobierno, esto puede significar cualquier cosa. La más probable de entre estas cosas es que la remuneración sea algo diferente de la ayuda y además de cuantía indefinida en esta ley.

Esta remuneración sobre los derechos de autor del guión objeto de la ayuda será acordada entre el ICAA y el autor de la obra. Pero, ¿De qué cantidad estamos hablando? ¿De que cantidades en número de quince beneficiarios, durante el presente año,  estamos hablando? Este tema requiere una “clarificación” de cara al menos al ciudadano interesado, por si alguien no se ha enterado, es a lo que se conoce en política como transparencia, ¿no sé si han escuchado alguna vez esta palabra?

Los integrantes actuales del gobierno de la nación son los responsables directos de la forma y del fondo de esta Orden, que tiene fecha de 2009, independiente y separadamente de cuales hayan sido sus contenidos con anterioridad.

600 asesores presidenciales y 169 miembros del grupo parlamentario socialista, parece un número suficiente de personas como para atender a los pormenores de las leyes aprobadas. Siendo esto así, se percibe un severo vacío de contenido al oír como determinados miembros del gobierno se atribuyen la cualidad de progresista, que entre otras cosas y en materia económica, apunta a una sociedad con menos diferencias y en contra del capitalismo.

No se digiere que se establezca por ley que la calidad artística tenga limitaciones, precisamente en contra de lo que puede ser la tabla de salvación del ciudadano de a pie con deseos de trabajar, de prosperar y de tener la esperanza de contribuir a disolver tales diferencias sociales.

Esta ley aprobada por los que se autoproclaman progresistas y defensores de la igualdad, establece una competición premiada en la que la inmensa mayoría de los participantes solo debe aspirar a ganar dependiendo de que los demás pierdan, y no de su propio esfuerzo. Se le dice, sí, compita usted, pero nunca le daremos más de 7,5 puntos, mientras que a otros les podemos dar hasta 10. Esto no es igualdad a todas luces.

No obstante, el fondo dado a la ley no impide al jurado que se pudiese haber hecho justicia. Del mismo modo que impugnar el contenido de la resolución de concesión de las ayudas no tiene sentido, dado como se están haciendo las cosas y teniendo en cuenta que se ha actuado dentro de la legalidad; cabe pensar que igualmente se hubiese estado dentro de la estricta legalidad actuando de modo justo.

No se ha hecho esto último; el jurado, con el beneplácito del Sr. Director del ICAA ha optado por una resolución que resulta contraria a los principios que proclama la ideología del grupo que ostenta el poder. Y es a este grupo, al que hay que estar permanentemente oyendo manifestarse en contra de un imaginario capitalista.

Se deduce, que sus actos, no se corresponden con sus proclamas. Si bien, en este caso no ha existido una obligación impuesta desde el exterior de ajustar las medidas de gobierno a la inexorable realidad, en contra de sus supuestos principios; sino que a diferencia de este hecho, en este caso nadie ha obligado a tomar este tipo de decisiones que afectan de forma directa a todo el pueblo, por cuanto que hablamos de dinero público que perteneció, pertenece y pertenecerá al conjunto ciudadano. Y, que no es patrimonio de unos pocos.

Un saludo, J. M. Mora

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