jueves, 18 de octubre de 2012

Vulneración Constitucional

Madrid a 19 de octubre de 2012

Estimado Sr. D. Antonio García-Trevijano Forte, conociendo por su narración de los hechos los sucesos en torno a la elaboración de la Constitución de Guinea, dejando al margen éstos y en relación con el artículo sobre el Sr. Herrero y Rodríguez de Miñón: «Supeditar la Constitución a Europa 'es tener el síndrome de Vichy'»; considero que su título per se pone sobre la mesa una controversia cuyo planteamiento carecería de fundamento si no existiera la posibilidad de que tal cosa se estuviese produciendo, y leído el artículo completo parece que el Sr. de Miñón quiere decir en realidad que está ocurriendo lo contrario de lo que el articulista asevera al principio del texto. En este sentido, y dada la 'moral confusa' que transluce la ética de la que se hace gala en estos días tanto en el marco del periodismo como de la política, éste me resulta uno de los pocos artículos destacables junto con el del Sr. José Luis González Quirós que lleva por título: «El rescate político de España», por razones obvias que se pueden intuir, del mismo modo, ya en el encabezado. Digo, que la posición del Sr. Herrero puede resultar 'conservadora', en la acepción más natural de la palabra,  pero que esto no debería extrañar dada la situación socio-política que atravesamos.

La dificultad que implica este tema que nos afecta hoy a todos, puede haber tenido la consecuencia de que el autor del artículo, Sr. Carlos Sánchez, haya expresado de forma licenciosa una idea atribuida al Sr. Herrero y Rodríguez de Miñón, si consideramos otros extractos del propio artículo que aparecen entrecomillados como declaraciones textuales del Sr. de Miñón. Tales son: «Cuando un pueblo deja de tener conciencia de su propia identidad soberana y prefiere que sus problemas se resuelvan desde el exterior cae en lo que desde 1940 puede llamarse 'síndrome de Vichy'»; «No en balde»…«la eurofilia española»…«acrítica e ingenua»; «opciones políticas legítimas»…«puede y debe ser reformada»…«pero no puede prescindirse de ella en tanto esté en vigor»…«con un consenso, político, social e institucional tan amplio o mayor como el que presidió su génesis»; «obliga al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la pertenencia de España a la UE»…«un control de constitucionalidad»; «límites constitucionales»; «no puede mantenerse que nuestra constitución económica ha sido derogada de facto».

Así, habla el Sr. de Miñón de que nuestra política económica viene siendo dictada desde el exterior, lo que supone una pérdida o cesión de soberanía. Y hay que señalar una vez más que todas estas directrices económicas ya fueron solicitadas por el anterior Presidente del BCE, señor Trichet, en la famosa, secreta y finalmente desvelada carta que envió al Sr. Zapatero en la que solicitaba la toma de una serie de medidas encaminadas a la reducción del déficit de la economía española; y que fueron el desencadenante para la justificación de la reforma del artículo 135 de la CE. Finalmente se supo gracias al abogado Isaac Ibáñez quien reclamó ante Diamandouros que los españoles tenían derecho a saber «cual fue el origen de nuestra reforma constitucional dado que no existía ninguna razón de peso para que se nos ocultara», que en la mencionada carta no se exigía, solicitaba, rogaba o pedía que se acometiese reforma constitucional alguna.

«No puede mantenerse que nuestra constitución económica ha sido derogada de facto», al hilo de esta última frase de Herrero de Miñón e interpretada en su contexto, pues su sentido varía y es contradictorio si se extrae del mismo, y por acercarnos a la cuestión que más destaca en los últimos meses en lo que se refiere a cesión de soberanía nacional, lo cierto es que fueron tres de los magistrados del TC que acordaron la no admisión a trámite del recurso de amparo presentado contra la reforma del artículo 135 de la Constitución Española, quienes mostraron sus dudas o disconformidades sobre la legalidad del procedimiento seguido para esta reforma. Los magistrados fueron: el Vicepresidente del TC, Eugeni Gay Montalvo, Pablo Pérez Tremps e Ignacio Ortega Álvarez.

El Magistrado Eugeni Gay, en su voto particular, matiza al final de su exposición que «…su naturaleza requería de una tramitación tal que facilitara la participación más plural posible, con la cual no se compadece el procedimiento de lectura única».

El Magistrado Pablo Pérez Tremps: «Con el máximo respeto a la posición mayoritaria del Pleno debo manifestar mi discrepancia con la inadmisión… ese juicio sobre la lesión de la norma fundamental debería haberse hecho mediante Sentencia y no de forma liminar…».

El Magistrado Ignácio Ortega Álvarez: «Además de los argumentos de procedimiento desarrollados respecto de este mismo asunto por el Magistrado don Pablo Pérez Tremps en su voto particular al que me adhiero en su totalidad, quiero desarrollar otros dos de contenido material relativos al papel de este Tribunal ante los procesos de reforma constitucional… cabría preguntarse si esta reforma no estaría afectando también al artículo 2 CE, para cuya reforma sí se exige el procedimiento del artículo 168…, necesidad de establecer tal diferencia en respeto de la diferente condición de las Cortes Generales cuando actúan como órgano constituido a cuando lo hacen como órgano constituyente».

En los últimos meses se desprende de los comentarios de analistas políticos y tertulianos que en España se necesitan reformas, regeneración, reestructuración… en definitiva se asume que hay una pérdida de valores y una ausencia de principios e incluso que existe una falta de liderazgo a nivel nacional y europeo. Puede ser que a la combinación de todos esos males sea a lo que se conoce como corrupción, defecto y peligro cierto que como es conocido ya Platón atribuía a la democracia. La pregunta que cabe plantearse es ¿hasta qué punto se debe tener en consideración lo aprobado por un TC inmerso en esta vorágine 'decadente', cuando en resoluciones anteriores adoptadas por este mismo Tribunal respecto de Bildu su decisión fue criticada por quienes ahora ocupan el poder, llegando a instar al Gobierno del PSOE a que impugnase la decisión del TC?

Sé que usted considera al 'consenso' como como un concepto opuesto a la libertad y sé que usted considera que el período que se produce después de la 'Transición Española' hasta nuestros días es una prolongación del régimen anterior y que carece de las condiciones y requisitos imprescindibles para que pueda ser tomado en cuenta como período democrático. Empero, si se pueden hacer estas salvedades aunque sólo sea por expresar un malestar anímico subsecuente a unos acontecimientos concretos, quiero decir que: Los graves hechos producidos en España en los últimos tiempos sumados a una inversión de valores interesada, divulgada por los medios de comunicación a través de analistas y comentaristas políticos, sobre la base de un TC cuyas decisiones son criticadas a conveniencia, han llevado a que se considere en la consciencia común como 'extremista' a quien llama a los hechos que se producen, por su verdadero nombre. Así, es necesario señalar que en este caso lo que puede ser recriminado no son las palabras de quien denuncia unos actos sino los actos denunciados en sí mismos. Entre el 5 de agosto y el 2 de septiembre de 2011 se consuma, con la aprobación de la reforma del artículo 135 de la CE, lo que sin temor a utilizar las palabras adecuadas para la gravedad de los hechos puede ser considerado como Golpe de Estado de Palacio, Burocrático o Constitucional, único en su concepción desde el período conocido como Transición Española. Esto es así porque por la vía de los hechos, ahora la forma política de nuestro estado es distinta de la que había antes de producirse este acto, sea cual fuere ésta, radicando esta diferencia en que el nivel de corrupción alcanzado llega a vulnerar de forma flagrante la propia Constitución Nacional, y supone la asunción de que el procedimiento de reforma de la Constitución Española puede ser utilizado como un instrumento más dentro de las escaramuzas electorales al arbitrio de los intereses particulares de profesionales que desarrollan durante décadas su labor técnica en el Hemiciclo, al margen de la política y al margen de la soberanía y de la libertad de los hombres; una regresión en toda regla. En mi concepto, la desintegración absoluta del Estado subsecuente a la vulneración de la Ley que encabeza nuestro Ordenamiento Jurídico. Es más, la vulneración de esta Ley en su esencia fundamental como expresión del deseo soberano de una nación.

Un saludo, J. M. Mora

domingo, 24 de junio de 2012

Caja Madrid + Bancaja = Bankia


Madrid a 25 de junio de 2012

El origen del actual desastre de Bankia hay que buscarlo en Caja Madrid durante 15 años con Miguel Blesa a la cabeza, cuyo apoyo político fue José María Aznar.

Un señor Blesa que se pasea con un Ferrari por las calles de Madrid. Amigo personal de José María Aznar al que conoció mientras ambos se preparaban las oposiciones para ser inspectores de Hacienda.

El señor Blesa se convirtió en un medio camino entre un banquero y un político. Era el caso de un Presidente no ejecutivo que se autoproclamó presidente ejecutivo y cometió error tras error. Un señor que de entidades financieras sabe lo mismo que Falete.

El señor Blesa desarrolló un modelo de gestión que se fundamentaba en una exposición creciente al ladrillo, que le proporcionaba unos beneficios rápidos y espectaculares pero que simultáneamente sembraban el germen del desastre que padecemos hoy en la economía de Bankia y de España.

Por otro lado tenemos a José Luis Olivas en Bancaja, quien sin ambages, demuestra que Cajas de Ahorro y política son la misma cosa. De hecho, el presidente de Bancaja había sido presidente de la Generalitat.

José Luis Olivas fue la persona que el consejero de economía del primer Gobierno Zaplana, que elaboró la primera ley de cajas y al terminar su gestión con el gobierno de Zaplana comienza en la dirección de Bancaja.

Bancaja invierte en desastre como Polaris World, Terra Mítica, Aeropuerto de Catellón o La Ciudad de la Luz (Alicante), y con este curriculum decide que lo mejor es salir a bolsa. Ahí es donde surgen las preferentes y otras modalidades de estafa para hacerse con capital de los pequeños ahorradores, gente humilde a la que se ha espoliado mediante engaños hasta la última peseta.

Una enorme estafa social en la que a través de un mecanismo de marketing se le hizo creer a muchos ciudadanos en el absurdo del diseño de un capitalismo social, en el que cualquiera a partir de 1.000 euros se podría convertir en banquero. 

Burbuja inmobiliaria: 

1. Enrique Bañuelos, alias "El Primero", Construtora "Astroc". El primero en subir, en caer y en marcharse de rositas. Fue el primer ejemplo del pelotazo inmobiliario. Y también el primer signo del estallido de la burbuja. Enrique Bañuelos empezó como apicultor para acabar construyendo auténticas colmenas de ladrillos para personas. Se convierte en uno de los hombres más ricos del planeta según la revista Forbes en el número 95. Su inmobiliaria "Astroc" multiplica su valor por 10 tras salir a bolsa. Finalmente "Astroc" se hunde y deja un agujero de miles de millones en más de veinte entidades financieras. Enrique Bañuelo se marcha a Brasil para continuar con el mismo modelo de "negocio".

2. Román Sanahuja, "El del todo o nada", después de dedicarse a construcción de viviendas para inmigrantes en Cataluña compra un rascacielos a HSBC por 1.600 millones de euros en lo que resulta ser una inversión desastrosa. De aquí saltan a Metrovacesa, la compañía quiebra y esa quiebra la asume la banca. Hoy Metrovacesa acumula una deuda de 5.000 mills de euros.

3. Fernando Martín, "El Presidente", presidente del Real Madrid durante dos meses. Es dueño de Martinsa, uno de los grandes propietarios de suelo de España. Las cosas le van bien hasta que compra FADESA, posteriormente declarará la mayor suspensión de pagos de la historia de España, con un agujero de 7.000 mills. de euros. En pleno concurso de acreedores se fija un sueldo de 2,6 mills. de euros/años, mientras tanto solicitaba quitas a sus acreedores a quienes no pagaba. Argumentando que él debía ganar eso y más porque él era muy bueno. Hoy MARTINSA FADESA posee una deuda que ronda los 4.000 mills. de euros.

4. Luis Portillo, "El Señor de los Ladrillos", de sus negocios en Sevilla asciende a "METROVACESA", luego se hace con "InmoCaral", luego adquiere una inmobiliaria gigante: "Colonial", además se hace con el 15% de FCC y el 100% de RIOFISA, por la que paga según los analistas 4 veces más de lo que vale. Compró hasta el colegio donde estudiaban sus hijas después de que su mujer discutiera con el Director del centro, para luego despedir al director. Luis Portillo le debe a los bancos 3.359 mills. de euros.

5. Rafael Santamaría, "El visitador de Oficinas", a acumulado deudas con 49 bancos, comienza convirtiendo en inmobiliaria ,REYAL, la pequeña constructora de su padre, obtiene beneficios y compra URBIS. Se constituye así el emporio REYAL URBIS, que llega a acumular unas deudas de 7.500 mills de euros. Hoy, después de tres refinanciaciones debe 3.600 mills. de euros.

6. Francisco Hernando, "Paco el Pocero", de infancia humilde hasta que alcanza el grado de maestro pocero y de ahí a empresario llegando a tener su propio avión, su propia ciudad: Seseña y ficha a Urdaci como jefe de prensa y también es el dueño del yate más grande de Europa. 

Fuente: "La Sexta Columna".

Un saludo, J. M. Mora

Un intruso en el Pleno del Congreso


sábado, 23 de junio de 2012

El señor De Guindos solicitará formalmente el rescate el próximo lunes

Madrid 24 de junio de 2012

El faroleo, retrasar lo inevitable lo más posible para encubrir la incapacidad del Gobierno en la gestión de la crisis, el eufemismo y ciertas opiniones respecto del rescate rigurosamente desmentidas desde el eurogrupo, parece ser la tónica habitual de nuestro Ejecutivo.

El Sr. De Guindos, solicitará formalmente, según sus propias palabras, el rescate económico de España el próximo lunes. La UE por su parte endurecerá las condiciones de vigilancia del cumplimiento de los compromisos económicos relacionados con la cifra de déficit y la Deuda Pública.

Los inversores internacionales no se fían de las auditorías "independientes" sobre la solvencia de la banca española realizadas por Oliver Wyman y Rolan Berger.

62.000 mills. de euros es la cifra que se ha manejado más como referencia por la mayoría de analistas. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que esta cifra es el resultado de restar a las pérdidas estimadas durante un período de tres años, el colchón con el que supuestamente contará la banca para hacer frente a este agujero.

Es decir, 62.000 mlls. sería el resultado de restar a las pérdidas estimadas en una situación de stress test a las ganancias estimadas durante un período de tres años.

Concretamente 62.000 mills. de euros sería el resultado de restar a 270.000 mlls. de euros de pérdidas, 212.000 mills. de euros de ganancias.

Es decir, Oliver Wyman estima que hasta 2014, el sector acumulará unas pérdidas crediticias derivadas de la morosidad de 270.000 mills. de euros, mientras que el colchón (beneficios), ascenderá a 212.000 mills. de euros.

La diferencia entre estas dos cantidades: 274.000 - 212.000 = 64.000 es la necesidad de capital estimada por Oliver Wyman para garantizar la solvencia del sistema.

Esta cantidad, 64.000 mlls. procederá del rescate europeo que el Sr. Luis de Guindos solicitará formalmente mañana lunes, cuyo límite máximo asciende a 100.000 mills.

Hasta aquí la cosa parece clara, no obstante, las auditorías independientes de Oliver Wyman y Roland Berger arrojan dudas entre los inversores internacionales.

Es cierto que la mayoría de analistas dan por buena la cifra de pérdidas estimada por Wyman en el escenario más adverso, esto es 270.000 mlls. de euros, pero lo que cuestionan es la capacidad de la banca española para generar un colchón de 212.000 mills. de euros sin necesidad de apoyo público, de modo que las necesidades de capital extra superarían los citados 62.000 millones.

Según Wyman, el colchón de 212.000 mills. de euros hasta 2014, se repartiría del siguiente modo: 98.000 mills. en provisiones ya existentes a fecha de 31 de diciembre de 2011; 7.000 mills. procedentes del FROB; una capacidad de generar beneficios de hasta 68.000 mills.; y un exceso de capital de 39.000 mills. que resulta de reducir el nivel de capital básico (coreTier 1) del 9% exigido al 6%.

Pues bien, lo que se pone en duda es la capacidad de la banca española para generar por sí misma unos beneficios antes de provisiones de 68.000 mills. hasta 2014, lo que supone casi 23.000 mills. al año en medio de una fuerte recesión económica, restricción crediticia, crisis de deuda soberana y encarecimiento de la financiación externa.  

Si se restan los beneficios de BBVA y Santander, que según las auditorías no precisarán de capital extra junto a CaixaBank, el sector generó unos 12.500 mills. en 2011, la mitad de lo previsto por Wyman cada año de media.

Un saludo, J. M. Mora

miércoles, 20 de junio de 2012

Quim Esteban entrevista a Jesús Manuel Mora, el ciudadano que entró en el Congreso y se sentó en el escaño de un Diputado


Madrid a 21 de Junio de 2012

Quim Esteban, conductor del programa de "ABC Punto Radio", "La Nit en Blanc", entrevista a Jesús Manuel Mora Pecci, el ciudadano que entró en el Congreso y se sentó en el escaño de un Diputado: http://puntoradio.media.streamtheworld.com/puntoradio/pub/cortes/2012/06/21.06.12%20LNB%201ra%20PART.MP3



Un saludo, J. M. Mora

viernes, 20 de abril de 2012

El triunfo de la democracia sobre el pueblo II

Madrid a 20 de abril de 2012
En mi opinión, la situación económica y social que vivimos posee la cualidad de poder ser valorada desde un punto de vista metafórico. Así, he decidido exponer aquí esta reflexión para compartirla con todo aquel lector que lo desee, con el deseo de que contribuya a esclarecer los sucesos que acontecen en nuestra política actual. Considero que es una metáfora simple, sencilla de comprender y así paso a exponerla:

Cuando un constructor o un obrero, se dispone a ejecutar una obra, pongamos por caso; una obra de albañilería, el señor albañil toma una serie de medidas para que las sucesivas hileras de ladrillos que se irán aportando a la construcción, por ejemplo, de un muro, se sitúen lo más niveladas posible.

La importancia de emplear esta técnica de construcción es crucial, porque gracias a ella el muro se elevará sobre el nivel del suelo, de forma que no se producirán inclinaciones o desviaciones que acaben por dar con toda la obra en el suelo una vez alcanzado cierto avance de la misma.

Cuando la importancia de emplear estas técnicas de construcción se omite, entonces, en ese caso, nos encontramos dicho sea sin acritud ante lo que se conoce en el gremio de la construcción como un "frangollón", RAE: persona que hace deprisa y mal algo, o, "chapucero", RAE: 3. "embustero". Sin duda, al "chapucero" hay que pagarle también, y él, "El Chapucero", lo sabe sobradamente.

Bien poco le importa al "chapucero" que el muro se caiga o se deje de caer, mientras lo haga después de haber cobrado, lo importante para el chapucero es cobrar. 

Quiero añadir, reiterar y hacer hincapié, para que se pueda proceder a una valoración cabal de la metáfora, en la importancia de situar la "primera hilera de ladrillos" lo más nivelada posible empleando las técnicas habituales, porque si esto se omite o no se hace adecuadamente, las sucesivas líneas de ladrillos se irán inclinando cada vez más conforme avanzamos y finalmente el resultado no será aceptable para el contratista de la obra.

Explicada la metáfora, vamos ahora a la realidad de los hechos.
    
En el Boletín Oficial del Estado, núm. 233 de martes 27 de septiembre de 2001, Sec. I. Pág. 101931; se encuentra la publicación oficial de la reforma del artículo 135 de la Constitución Española, de la misma fecha. En ella el Monarca español hace una exposición de motivos que justifican en su opinión la reforma de la Constitución relacionada con el artículo 135 de la Carta Magna. Y es en esta exposición en la que el propio Rey justifica la reforma por su afectación sobre el artículo 1.1 de nuestra Constitución.

Ahora bien, por su parte, el Tribunal Constitucional está de acuerdo en que el constituyente ha querido separar "dos procedimientos distintos" para la reforma constitucional separados en los artículo 167 y 168 de la CE. Tal como afirma, pongo por caso, el Magistrado del TC Don Luis Ignacio Ortega Álvarez en su voto particular del auto 9/2012 de 13/01/2012, en relación con la no admisión a trámite del recurso de amparo presentado contra la reforma del artículo 135 de la CE presentado por varios miembros de la Cámara Baja.

En este sentido se puede aclarar que, el Título X de la CE trata sobre "la reforma constitucional", dividiéndose en "dos apartados", a saber: 1. Reforma constitucional que incluye los artículos 166 y 167 de la norma; y 2. Reformas esenciales de la Constitución, que incluye el artículo 168; encontrándose como colofón el artículo 169 que afecta a cualquier modalidad de reforma constitucional. 

Por tanto, tendríamos así dos procedimientos de reforma de la constitución según determina el constituyente y así lo reconoce el propio TC: Una para reformas de la constitución "inespecíficas" o "general" y otra para reformas de la constitución de carácter esencial.

Entrando en detalles del articulado, por su parte, el 166 de la CE nos retrotrae a los apartados 1 y 2 del 87 de la misma norma, donde se establece que la iniciativa legislativa corresponde al Gobierno y al Senado de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras; así como la posibilidad de que las Asambleas de las Comunidades Autónomas puedan solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o proposición de ley con ciertos requisitos formales.

En el 167 de la CE, se establece el procedimiento que se ha utilizado para la reforma del 135 de la Norma. Este artículo se divide en tres apartados en cuyos dos primeros se establecen los votos favorables necesarios en cada cámara para la aprobación del proyecto de reforma, si bien, en el tercer apartado se hace referencia a que aprobada la reforma del texto se procederá a someterlo a referéndum cuando lo soliciten en tiempo y forma una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Es decir, se habla en este artículo 167 del procedimiento de reforma de la Constitución de una forma "inespecífica", "genérica" a la hora de acometer esta modalidad de tramitación.

Sin embargo, en el 168 de la Norma, que se divide en tres apartados igual que el artículo anterior, se hace una valoración más específica sobre el procedimiento de reforma constitucional establecido para las reformas esenciales de la CE. Así, en el tercer apartado del 168 se establece que "aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación". Asimismo el apartado primero del mismo especifica que "cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar…".

En resumen: Dos modalidades de tramitación, general y esencial, pues bien: la nuestra era esencial, y en ese caso el constituyente determina que se debe aplicar el artículo 168 cuyo tercer apartado dice "Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación".

En el mismo sentido, se debe hacer una doble valoración, por un lado está el daño que el pueblo es susceptible de acusar por parte de su propio dirigente político, y por otro lado el daño derivado de la acción del dirigente político sobre su pueblo, y que procederá de la percepción que otras naciones puedan desarrollar hacia aquella que ha sido burlada por sus propios dirigentes.

En palabras del señor Bono —…se ha cedido mucha Soberanía a la UE…—. Empero, nadie solicitó tal cesión de Soberanía, como conocemos ahora bien gracias a que la carta enviada por el señor Trichet ha sido desvelada en virtud de la solicitud del abogado Isaac Ibáñez, experto en el régimen jurídico de acceso a la información y a los documentos de las instituciones de la Unión Europea.

Ahora, sabemos que la institución europea No solicitó que se reformase la Constitución Española sino que lo que solicitó fue "realizar reformas", esas mismas reformas que aún hoy continúa solicitando y que entonces, hace ocho meses, no fueron acometidas; haciéndose en cambio una interpretación torticera del contenido de la carta y confundiendo a la opinión pública para llevar a cabo lo que constituye, en palabras del eurodiputado británico Nigel Farage —…un Golpe de Estado Burocrático…—, en emulación de lo acontecido con el Tratado de Lisboa en la sede europea.

Un saludo, J. M. Mora

viernes, 6 de abril de 2012

Al objeto de que los Presupuestos Generales sean aplicados cuanto antes para que se puedan llevar a cabo los recortes, el BCE exige al ejecutivo que los tramite con "legislación de emergencia".

Madrid a 6 de abril de 2012

Y no le falta razón al BCE cuando exige al "ejecutivo" que tramite con urgencia las reformas dado que hasta el momento a la UE no se le ha hecho el menor caso en este sentido, y ha resultado tan desatendida como lo ha sido el pueblo español a quien se ha privado con toda impunidad de su Soberanía.

Efectivamente, el señor Trichet; por entonces; Presidente del BCE, hizo llegar la, ahora desvelada carta el pasado 5 de agosto de 2011 al señor Zapatero invitándole "a tomar con rapidez y decisión las medidas necesarias", dada la "extraordinariamente grave y difícil" situación de la economía española en ese momento.

La carta, la recibio el señor Zapatero en plena crisis de deuda española, cuando la prima de riesgo llegó a superar los 400 puntos, hoy la prima de riesgo española alcanza los 402 puntos básicos respecto del bono alemán.

Cabe preguntarse, qué justifica acometer una reforma de la Constitución con carácter de urgencia en lectura única a tenor de estos resultados.

El contenido de esa carta permaneció oculto a la opinión pública hasta que la iniciativa de un abogado español, Isaac Ibáñez; experto en el régimen jurídico de acceso a la información y a los documentos de las instituciones de la Unión Europea; que recurrió al Defensor del Pueblo Europeo, dio sus frutos y ésta fue desvelada.

Gracias a la intervención de este abogado español, ahora, hemos confirmado documentalmente lo que todos sabíamos: que en la mencionada carta No se instaba al gobierno de España a reformar la Constitución Española, dado que la institución europea carece de autoridad para dictar tal acción a la nación, y menos aun a sus dirigentes de turno.

Sin embargo, ahora sabemos bien que se hizo una interpretación torticera del contenido de la mencionada carta y que en definitiva, se nos impuso —al pueblo—; por parte del ejecutivo español, acometer una reforma constitucional para fijar un techo al déficit para 2020 y tramitarla por vía de urgencia ,en 24 horas, sin referéndum, a treinta días de disolver las Cortes Generales de forma previa al proceso electoral general.

En la actualidad, vivimos en una situación de tensión, derivada de noticias como la que sigue: "El BCE exige al "ejecutivo" que tramite con "legislación de emergencia" los Presupuestos para que se puedan aplicar ya los recortes". Al recibir estas noticias, tenemos la sensación de que la UE no para de apremiarnos mientras nosotros estamos haciendo todo lo posible en un permanente estado de preocupación por cumplir con nuestros compromisos societarios.

Nada más lejos de la realidad, se trata de que no se ha dicho la verdad, y ésta ha sido ocultada tanto al pueblo español como al BCE. La realidad es que el ex presidente del BCE, señor Trichet, no instó a través de su "carta" al ejecutivo español a reformar la Constitución Española, menos aún cuando la reforma acometida perfila un techo de gasto a cumplir en 2020 y que se envió al hilo de unas circunstancias puntuales de crisis que se estaban desarrollando en ese momento.

Sí, es cierto que se solicitaba a través de la mencionada carta, dado el incremento de la prima de riesgo española en esos momentos, que se acometiesen reformas en el sentido de: cambios en los convenios laborales, recortes en las prestaciones sociales y en general recortes en los Presupuestos Generales; es esto lo que se vino a solicitar a través de la mencionada carta y no otra cosa.

Recordemos que la notificación fue recibida el 5 de agosto de 2011, de estas circunstancias han pasado ya la friolera de 8 meses, ocho meses en los que en circunstancias normales, estas reformas deberían de haber comenzado con el anterior gobierno y continuado con su sucesor, sin embargo, nada de esto se ha hecho deliberada y premeditadamente.

Ninguna reforma laboral o de cualquier índole fue llevada a efecto, salvo aquella que No se solicitaba, esto es, la reforma de la Constitución. La solicitud del señor Trichet, cayó en saco roto y de nada sirvió su comunicado con el presidente de turno español dado que las reformas solicitadas no tuvieron lugar en ese momento, en el momento en el que se solicitaban, y aun hoy ocho meses después, continúan sin llevarse a la práctica.

Por tanto, estamos en condiciones documentadas de afirmar con rotundidad que el actual "ejecutivo" es tan responsable de nuestra situación de crisis como lo es el anterior, y lo es por la sencilla razón de que ambos, en coalición parlamentaria han desviado la atención de los hechos a la luz de todos; y a todos y cada uno de los ciudadanos españoles, sea cual fuere su origen y más que a ningún otro a los nacionales españoles, se les ha ocultado la verdad, no por la gravedad de la misma sino que muy al contrario se ha exacerbado la dificultad de la situación para justificar una reforma de la Constitución que no era solicitada, posponiendo las medidas que realmente se demandaban desde el BCE y posponiendo así deliberadamente la recuperación de nuestra economía.

Y por otro lado, también han engañado a la institución europea que solicitaba ajustes y reformas que consideraba necesarias en ese momento, hace ocho meses, y tal petición no ha sido concedida. De aquí, la declaración del señor Paul Coughin, director global de los "ratings" de Standard & Poor's: "cambiar la Constitución no resolverá los problemas del país".

Es más que evidente; sencillamente, lo que se solicitaba desde el BCE no era reformar la Constitución Española. Cabe preguntarse: ¿Y si el pueblo no ha resultado beneficiado de tal acción y el BCE tampoco, entonces quién o quiénes se han beneficiado de la reforma de la Constitución?

Estimados compatriotas, en palabras del eurodiputado Nigel Farage, nos encontramos ante el desagradable espectáculo de un "Golpe de Estado Burocrático". Y qué es un golpe de estado burocrático, el golpe de estado burocrático no tiene otro objeto que hurtar la Soberanía al Pueblo, esa es su única motivación y se desarrolla por parte de aquellos asentados en el poder, valiéndose de la maquinaria burocrática del estado.

En este sentido, debo decir que ni siquiera constituye una idea innovadora por parte de los protagonistas que la llevaron a cabo: "gobierno" y oposición. Para colmo no fue más que una emulación de la forma de dirigirse en la UE en relación con el Tratado de Lisboa.

Hechos que el señor Nigel Farage, eurodiputado británico de Derecha, defiende ante los organismos europeos a quienes acusa de desarrollar una política de régimen dictatorial de corte marxista, protagonizada por muchos de los mismos actores que ya lo hacían antes de la caída del muro de Berlín, y a quienes acusa de estar desarrollando una política de "Puño de Hierro Económico" valiéndose de continuos "Golpes de Estado Burocráticos".

Un saludo, J. M. Mora