CONSIDERACIONES SOBRE EL DELITO DE GENOCIDIO EN ESPAÑA MEDIANTE NEUTRALIZACIÓN DE LA POBLACIÓN
La mayoría de las personas asocia el delito de genocidio con las naciones en guerra y con la muerte. Nada más lejos de la realidad, atendiendo a la Ley, en la actualidad.
El delito de genocidio se produce en nuestros días en tiempo de paz y mediante la técnica de la neutralización de la población.
La Resolución 260 de la Asamblea de las Naciones Unidas de 1948 sobre la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio señala, en su artículo uno: «Las Partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y a sancionar».
»c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
Un auto de la Audiencia Nacional de 1998 sobre el Caso Pinochet dice: «Auto de la Audiencia Nacional (España), de 5 de noviembre de 1998, por el que se considera competente la Justicia española para perseguir delitos de genocidio, tortura y terrorismo cometidos en Chile».
»El genocidio es un crimen consistente en el exterminio, total o parcial, de una raza o grupo humano, mediante la muerte o la neutralización de sus miembros».
El artículo 607 del Código Penal Español, introducido como 137 bis en 1971, señala: que adoptar medidas que tienden a la no reproducción o al cambio sustancial en el modo de vida de las personas es un delito de genocidio.
La intencionalidad o propósito queda manifiesto en el hecho de que durante los 35 años de Jefatura del Estado de Franco la población española se incrementó en 11 millones con un aporte inmigratorio casi nulo. Por otro lado, entre 1975 y la actualidad la población se ha incrementado en 9 millones con un aporte inmigratorio de entre 10 y 15 millones contando: legales, ilegales, nacionalizados e hijos de uno o dos padres inmigrantes.
Es decir, la población española se ha reducido en los últimos 44 años si, a efectos de cómputo matemático, dejamos al margen a los inmigrantes de todas las categorías señaladas.
Cuarenta y cuatro años es tiempo más que suficiente para haber constatado una tendencia determinada a consecuencia de unas medidas políticas, principalmente de tipo económico, como para argumentar que no se tiene una intención específica y determinada, es decir, un propósito.
La pirámide de Kelsen aplicada al orden jurídico en España dice que la Constitución Española posee una jerarquía normativa superior a la de los tratados internacionales. Este delito que se está cometiendo en España debe ser juzgado en un tribunal español.
JM Mora
No hay comentarios:
Publicar un comentario